El Tribunal Supremo en su Sentencia de 23 de diciembre de 2015 estableció que era abusiva la cláusula conocida como de «gastos» o «gastos a cargo de la parte prestataria» que impone al cliente que solicita un préstamo hipotecario a una entidad bancaria, la totalidad de los gastos de constitución de la garantía hipotecaria, su inscripción en el Registro de la Propiedad, los tributos derivados de ello (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), y los gastos de gestoría, entre otros.
Con base en ello es posible reclamar los gastos pagados de forma indebida por imposición de la cláusula de gastos si bien previamente es necesario estudiar la documentación consistente en:
En Sánchez Tornel Abogados contamos con experiencia en procedimientos de reclamación judicial y extrajudicial y hemos conseguido la devolución de cantidades cobradas de forma indebida a nuestros clientes en diversas ocasiones. Si quiere confirmar si es uno de los afectados y recuperar el importe pagado indebidamente sólo tiene que mandarnos un correo electrónico a victor@sancheztornel.com donde le informaremos de los pasos a seguir.